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¿Cumple mi puerta automática con la norma vigente? ¿Necesito un contrato de mantenimiento? ¿Qué ocurre en caso de accidente? ¿Quién es el responsable?

Resolvemos todas tus dudas

Si bien la normativa en relación al mantenimiento de puertas de garaje (manuales o motorizadas) es cuantiosa y densa, con el fin de que esta entrada resulte los más concisa y práctica posible, nos centraremos en el Real Decreto 314/2006 por el que se publicaba y posteriormente se aprobaba el Código Técnico de Edificación que rige actualmente cuáles deben ser las condiciones básicas de calidad y seguridad para los edificios y sus instalaciones. 


Siendo un poco más específicos en cuanto a las normas que obligan a realizar un mantenimiento periódico en las puertas de garaje, tenemos lo siguiente:


Del Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo mencionado, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación, sacamos, de su articulo 12 (apartados 1, 2 y 3), lo siguiente:


1. El objetivo del requisito básico «Seguridad de Utilización» consiste en reducir a límites aceptables el riesgo de que los usuarios sufran daños inmediatos durante el uso previsto de los edificios, como consecuencia de las características de su proyecto, construcción, uso y mantenimiento.

2. Para satisfacer este objetivo, los edificios se proyectarán, construirán, mantendrán y utilizarán de forma que se cumplan las exigencias básicas que se establecen en los apartados siguientes.

3. El Documento Básico «DB-SU Seguridad de Utilización» especifica parámetros objetivos y procedimientos cuyo cumplimiento asegura la satisfacción de las exigencias básicas y la superación de los niveles mínimos de calidad propios del requisito básico de seguridad de utilización.

 

Lo cual nos lleva al Documento Básico "DB-SU Seguridad de Utilización" en el que se encuentra (página 31) el siguiente texto:


Las puertas industriales, comerciales, de garaje y portones cumplirán las condiciones de seguridad de utilización que se establecen en su reglamentación específica y tendrán marcado CE de conformidad con los correspondientes Reglamentos y Directivas Europeas. 


Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones En relación con las condiciones de seguridad de utilización, las puertas industriales, comerciales, de garaje y portones deben contar con Marcado CE de conformidad con la norma de producto UNE-EN 13241:2004+A2:2017 “Puertas industriales, comerciales y de garaje y portones. Norma de producto, características de prestación”. 


En relación a su instalación, uso y mantenimiento, la conformidad con la Directiva de máquinas puede obtenerse mediante el cumplimiento de la norma UNE-EN 12635:2002+A1:2009 “Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones. Instalación y uso”. 


Por otro lado, se ha publicado la norma española UNE 85635:2012 “Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones ya instalados o de nueva instalación. Requisitos específicos de instalación, uso, mantenimiento y modificación”, que complementa a las anteriores. 


Puertas de paso incorporadas en puertas de garaje La obligación o no de Marcado CE conforme a la norma UNE-EN 13241 en "puertas industriales, comerciales, de garaje y portones" se establece para el conjunto de la puerta. En la misma norma se indica literalmente que dichas puertas (industriales, comerciales, de garaje y portones) "pueden incluir puertas de paso incorporadas en la hoja de la puerta que están también incluidas en esta norma europea". 


La excepción de obligación para Marcado CE establecida en la propia norma UNE-EN 13241, se refiere a puertas de "uso exclusivamente peatonal" con las condiciones indicadas, que deberán cumplir su propia normativa específica.

Esto hace llegar ya a las propias normas UNE, que son las que versan sobre cómo debe ser la fabricación, la instalación y el mantenimiento a realizar (y en qué condiciones) en las puertas de garaje (e industriales). 


Para evitar la confusión existente en relación a lo expuesto y que los propietarios de puertas de garaje conozcan de forma meridiana sus obligaciones respecto a ellas en materia, entre otras,  de mantenimiento, el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo publicó en septiembre de 2019 una guía bajo el título REQUISITOS DE MARCADO CE, INSTALACIÓN Y MODIFICACIÓN DE PUERTAS INDUSTRIALES, COMERCIALES, DE GARAJE, PORTONES Y BARRERAS, en la que trataba de aclarar todas las dudas que pudiese haber entorno a este asunto.


En el punto 7 (página 36) de este informe ministerial, se detalla cómo mantener adecuadamente una puerta de garaje haciendo referencia a las normas UNE anteriormente citadas y cómo la responsabilidad de las actuaciones a realizar sobre la misma recae sobre los propietarios, tanto en el plano civil como penal.

 

De esta forma, por  propia seguridad y para tranquilidad de los propietarios, es fundamental tanto tener su puerta adaptada a normativa con su certificado CE correspondiente como realizar un mantenimiento periódico a su equipo. Y para ello, EdA Puertas Automáticas pone a su disposición a los mejores profesionales del sector.

 

 

 

 

 

Descarga el último informe del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo sobre normativa en puertas automátizadas

 

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